POR Pedro Martinez
POLICIALES

Facebook WhatsApp Messenger Twitter

Por Pedro Martínez y Braulio Jimenez

Confirmado, la suspensión del coronel Poche es para ser investigado con el relación al “reglamento de uso de redes sociales”. de las últimas publicaciones en sus redes sociales.

La información de la suspensión fue confirmada por la Directora de Comunicaciones Estratégicas de La Policía y vocera, coronela Ana JImenez Cruceta.

El Artículo 64 de la ley orgánica de La Policía dice.
La suspensión en funciones, es la puesta en movimiento de la acción penal
contra miembros de la Policía Nacional produce la suspensión en funciones, incluso cuando no se haya ordenado la detención preventiva, sin perjuicio del inicio y tramitación de la acción disciplinaria, que se resolverá de acuerdo a lo dispuesto en esta ley y en las demás disposiciones generales relativas al servicio policial.


Art. 66.- Competencia.- Las sanciones previstas en los literales a), b) y c) son
competencia de los oficiales ejecutivos de las jurisdicciones correspondientes, pero el afectado tiene el derecho a recurrir ante el Tribunal de Justicia Policial.


Párrafo I.- Sanciones.- Las demás sanciones serán impuestas por el Tribunal de Justicia Policial, en sus atribuciones disciplinarias.


Párrafo II.- Las separaciones del servicio activo de los oficiales se producirán: a) Por renuncia aceptada; b) Por retiro; c) Por sentencia de un Tribunal Policial que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, que pronuncie su separación; d) Por sentencia de un tribunal ordinario competente que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada y que conlleve pena criminal; cuando se tratare de una condena correccional, será facultad del Consejo Superior Policial determinar la separación de cualquier miembro.


23 Ningún miembro que sea separado por medio de una sentencia, bajo
ningún concepto podrá regresar a la institución policial;
e) Cuando el miembro policial no se calificare satisfactoriamente en los
cursos y/o exámenes de oposición correspondientes previstos en esta ley.
Párrafo III.- La cancelación del nombramiento de un oficial sólo se hará
mediante recomendación elevada del Jefe de la Policía Nacional al Poder Ejecutivo, previa aprobación del Consejo Superior Policial, luego de conocer el resultado de la investigación de su caso.


Párrafo IV.- Todo miembro de la Policía Nacional suspendido en sus funciones y puesto a disposición de la justicia, y que fuere descargado por sentencia con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, será reincorporado reconociéndole el grado oposición que ostentaba, así como el tiempo que estuvo fuera de servicio.


Art. 67.- Investigación previa.- La investigación de las faltas disciplinarias,
éticas y morales corresponden a la Inspectoría General de la Policía Nacional y a la Dirección Central de Asuntos Internos de la Policía Nacional, las cuales pueden actuar de oficio o por denuncia de cualquier ciudadano, del jefe del servicio afectado, del Procurador General de la República y del Defensor del Pueblo. Art. 68.- Reglamento.- El reglamento disciplinario establecerá la adecuada sanción por la violación de los principios básicos de actuación que se establecen en esta ley, y de aquellos propios de una institución como la policial, estructurada, jerarquizada y disciplinada.


Art. 69.- Debido proceso.- No podrán imponerse sanciones disciplinarias si no envirtud de la previa instrucción del procedimiento disciplinario correspondiente, que será preferentemente escrito y basado en los principios de sumariedad y celeridad. Cuando para dejar a salvo la disciplina el procedimiento sea oral, deberá documentarse posteriormente por escrito.


Art. 70.- Garantía y derecho a la defensa.- El procedimiento disciplinario
deberá observar las garantías para el afectado, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión.


Ultimas informaciones publicadas en este medio digital del coronel Poche.
El coronel José Claudio Poché Valdez responsabilizó al director general de La Policía “y sus secuaces” de lo que “me pase o le pase a mi familia”.
Ese es el precio de ser el mejor en el trabajo en contra de las grandes organizaciones criminales enfrentadas de cara al sol por nosotros y como no pueden igualar eso o superarme, gerencial y operacionalmente hablando, quieren estar inventando.


“No pido ni es necesario que me protejan”, pero que no quieran hundirme solo por celos laborales, afirma el coronel Poche entrevistado vía telefónica por este medio de comunicación a media mañana de hoy por los periodistas Braulio Jiménez y Pedro Martínez.


Dice el coronel Poche que “Yo solo, en esto 28 años de servicio ininterrumpidos nunca le he fallado a mi país ni a mi institución y eso es lo que duele”. “Lo que quizás quieren es que los “tigueres” me maten en la calle”, afirmó el coronel.


Eso lo filtraron en la policía, reafirmó.

En La Policía existe actualmente falta de ética y falta de todo y lo mas fundamental que seria uno de sus ejes, lealtad, La Policía ha llegado a lo ultimo, esa filtración se maneja a lo interno, y no saben decir porque fue suspendido, ya eso está en manos de abogados, dicen que fue el jefe que dio la orden, pero ni inspectoría ni recursos humanos se responsabiliza, dice el coronel Poche.


“Al parecer es solo un capricho del jefe”, concluyó el coronel Poche Valdez.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *