Por Daniel Chavarría.
Desde que llegó el maestro Jorge zuriel de los santos barrila como fiscal General de Justicia del Estado de Guerrero México.
Se ha dedicado arduamente a trabajar En beneficio de los guerrerense en la investigación y la persecución de los delitos trátese de que se trate con la finalidad de darle equidad al Estado de Guerrero en cuestión de que nadie se pueda sustraer de la acción de la justicia. Trabajo que se ha dado cuenta toda la sociedad en general.
Le ha dado cara y rostro a la fiscalía del Estado Ya que en administraciones pasadas tenían otro sistema de trabajar que no era el adecuado al gobierno de orden y paz.
A través de una exhaustiva y minuciosa investigación para darnos cuenta de cómo se trabaja en la agencia de delitos sexuales y violencia intrafamiliar ubicada en Chilpancingo de Los Bravos Guerrero México.
Me di cuenta de una aberración para lo cual tengo a bien en redactar lo siguiente:
Existe en nuestro poder en la subdirección municipal de gencia de prensa mundial y de por un México informado una carpeta de investigación por el delito de violacion. equiparada con violencia doloso.
Dicha carpeta fue investigada revisada judicializada por la maestra en derecho micheli Peña Vargas., quién de una forma falaz y dolosa judicializar una carpeta para perjudicar la honorabilidad de un presunto responsable violando así el 13 y el 113 del código Nacional de Procedimientos Penales en vigor Qué es la presunción de inocencia.
Esta carpeta fue presentada en la ciudad de Chilpancingo Guerrero del Distrito judicial de Los Bravos siendo las 13 horas y 36 minutos del día 22 del mes de diciembre del 2020. En la unidad de investigación número 6 dependiente de la fiscalía general de Justicia del Estado de Guerrero.Mexico.
Sin acceder a los protocolos de investigación la inició con dolo coacción Mala Fe.
porque de inicio la en cuadro por el delito de violacion equiparada con violencia doloso.
En contra de Irving jossimar Alcocer García.
Hechos: ocurridos en la colonia San José calle Naciones Unidas en Tierra Colorada del municipio de Juan R escudero.
Con número de carpeta 20201 70 4006 0922 1220.
Nombre de quién presenta la denuncia responde a Lizbeth Márquez Álvarez.
Quien en su narrativa y en contubernio con la agente del ministerio público de la unidad de investigación número 6 Qué es la maestra en derecho micheli.
Peña Vargas.
Fraguaron en contubernio inventar un delito doloso y con todas las agravantes de la ley para sorprender la buena fe del juzgador o sea su señoría quien tuviera conocimiento de llevar a cabo la audiencia inicial y vincularlo a proceso y qué a su vez que fuera condenado.
Tal parece como si hubiera existido mucha intención de perjudicarlo por un apasionamiento muy personal del cual lo dejó a criterio de cada uno de ustedes?
porque yo me pregunto cómo presentan una denuncia el día 22 y en menos de 6 días se habían llevado a cabo todos los dictámenes para poderla judicializar y solicitarle al juez de control y enjuiciamiento penal la orden de aprehensión en contra del presunto responsable qué pudo haber existido para ver qué siendo un delito que no se manejo en fragancia hayan tenido una rapidez enorme para poder judicializarla Y obtener la orden de aprehensión en contra del presunto responsable.
Esto se manejo tan rápido que es de admirarse como en el acto con fecha 22 de diciembre se le solicita al coordinador de la comisión ejecutiva Estatal de atención a Víctimas de la ciudad de Chilpancingo Guerrero qué le designe a la sedicente víctima un asesor jurídico y esta
dependencia de atención a víctimas le designa a Licenciado Tomás Quintero Marín como asesor de Lizbeth Márquez Álvarez.
Lo que me llama mucho la atención Es la rapidez y la eficiencia de los supuestos hechos que declara la sedicente víctima sucedieron en el año 2019 del cual no precisa modo tiempo y lugar y circunstancias donde se dieron los hechos.
simplemente narra de una manera manipulada coaccionada qué fue un mes después de su cumpleaños y ella cumplía años en el mes de agosto el 7 de agosto y que ese mismo día se encontraba ella mirando el programa hoy por la mañana. Y nos fuimos a checar el calendario del año 2019 y nos dimos cuenta que un mes después O sea el 7 de septiembre cae en sábado y el 8 de septiembre cae en domingo por lo tanto existe una falsedad En su declaración vulnerando el 49 del código Nacional de Procedimientos Penales en vigor.
La menor manifiesta lo siguiente tal y como está en la carpeta de investigación que se acercó mi papa mí y me empezó a tocar mi parte íntima y a mí me dio mucho miedo y empecé a llorar y me dijo tranquila hija no va a pasar nada yo soy tu padre y siempre te voy a proteger Se observa que la menor empieza a llorar y empezó a meter su dedo en mi vagina varias veces y yo seguía llorando y me dijo que todo iba a estar bien y seguía metiendo su dedo en mi vagina como unos 5 minutos y me dijo que me metiera al baño que Y límpiate Y báñate para que tu mamá te encuentre limpia y me dijo que no fuera a decirle a nadie porque si lo hacía él le haría mucho daño a mi mamá.
Quiero Resaltar que el introducir un dedo en una vagina por un minuto causa un daño grave y lesiona el email de cualquier dama imagínense ustedes introducirlo por 5 minutos tal y como ella lo manifiesta por instrucciones de la mamá y de la abogada perversamente le causaría muchísimo daño a sus genitales. Cuestión que el médico legista lo detectaría Al momento de realizar le los exámenes ginecológicos.
Quiero aclarar que en su declaración de inicio de la denunciante de la señora Lizbeth Márquez Álvarez manifiesta qué el papá de sus menores había abusado de las dos menores que procrearon en los años que estuvo como su amaciá con él.
Quiero señalar que en caso de querer inventar o componer otra actuación con dolor ya no sería creíble porque no lo hizo en tiempo y forma tal y como debió de haber hecho la imputación Al momento de rendir su declaración ante la agencia del Ministerio Público de delitos sexuales y violencia intrafamiliar para que se entienda sería una declaración inventada tal y como lo están haciendo.
La víctima menor de edad de identidad reservada y de iniciales D. Y. A. M. Fue manipulada y a lesionada por las personas que intervinieron para recabarle su declaración.
Ya que los alcances de una menor y el léxico que emplea dentro de su declaración No son palabras propias de una niña.
Asimismo la eficiencia en prefabricar un delito doloso con todas las agravantes de la ley está visto porque el médico legista que responde al nombre de Héctor Andrés Ortuño León médico cirujano con cédula profesional 8835 210 en sus conclusiones del dictamen que emite a favor de la menor de edad con fecha 22 de diciembre del 2020.
Y específicamente lo expresa planteamiento del problema.
En sus conclusiones del examen ginecológico que le realiza a la menor de identidad reservada.
Dice lo siguiente:
Conclusiones.
1._ Es púber.
2._ No se observa desgarre de himen o ano reciente o antiguo.
3._ No presenta huellas De cópula reciente o antigua.
4._ No se observa desgarro de himen.
5._ En este momento no presenta huellas de violencia física reciente.
6._ No presenta signos de enfermedad de transmisión sexual.
7._ No presenta signos o síntomas de embarazo.
Para que se entienda la menor nunca ha sido violada, tal y como lo describe de una manera falaz y dolosa la maestra en derecho Micheli Peña Vargas.
El día 24 como existe en mensajes de su celularde su amante le dijo que dónde estaba ya que tenía que hablar con él y lo mandó a llamar fue detenido en Tierra Colorada por agentes ministeriales sembrandole droga y llevándolo a la COE cuestión que cumplió 48 horas y lo dejaron en libertad porque no lo judicializaron con la carpeta, citandolo el día 28 a la 3 de la tarde para hacerle la devolución del vehículo que le habían quitado.
En ese momento se le hablo a Licenciado en derecho Francisco Salvador Barrientos para que acompañar a la ciudad de Chilpancingo y solicitar a la devolución del vehículo y cuál va haciendo nuestra sorpresa.
Que ahí nos tuvieron hasta las 9 de la noche cuando llegaron agentes ministeriales y exhibieron una orden de aprehensión en contra de Irving jossimar Alcocer García.
Por lo que en ese momento se reservo el derecho a declarar Qué es un derecho constitucional se lo llevaron detenido y lo internaron en el centro de readaptación social de ciudad de Chilpancingo Guerrero México.
En ese momento se le dijo a la maestra en derecho Michel y Peña Vargas que corriera traslado de la carpeta de investigación la cual se negó y una hora antes de que se diera la audiencia de inicio la entregó en la agencia investigadora de delitos sexuales donde ella está trabajando.
Esto dificultó la defensa del abogado particular quedando en estado de indefensión El imputado.
Y la maestra en derecho Michel y Peña Vargas agente del ministerio público del fuero común especializado en delitos sexuales y el asesor de víctimas que responde al nombre de Tomás Quintero Marín.
Comunas llenas le debatieron al defensor particular y con un apasionamiento para llamar la atención del juzgador En este acto el defensor particular solicitó la duplicidad del término constitucional de 72 a 144 horas para que se pudieran recabar pruebas de la inocencia del imputado.
Para evitar así que la Ministerio Público como el asesor jurídico sorprendieran la buena fe del juzgador y poder obtener su libertad ya que los delitos que le imputaban son completamente falsos Porque existe un testimonio firmado por los comisarios municipales del poblado de solapa que él se encontraba el día seis siete y ocho de septiembre haciendo labores de campo ya que como es una comunidad ocurren a limpiar lo que es el panteón y hacer faenas En beneficio de su población y por lo tanto Nadie puede estar dos veces en el mismo lugar quiero ratificar que esto de la faena fue en el año 2019 cuando la menor manifiesta que su cumpleaños es el 7 de agosto y que un mes después fue cuando su papá cometió el delito y que el programa hoy se ve única y exclusivamente de lunes a viernes he ahí el meollo que existe de la falsedad en declaración que se vierte a esa carpeta de investigación que fue judicializada de una forma falaz ídolos a con el único afán de perjudicar la reputación y arruinar la vida del imputado.
A raíz de estos acontecimientos se encuentra arriesgando la vida en el interior del centro de readaptación social de la ciudad de Chilpancingo Guerrero México toda vez que ya lo han querido matar dos veces y abusar sexualmente de su persona y la familia hace directamente responsable a la maestra en derecho Michel y Peña Vargas por haberle inventado este delito así como también a la señora Lizbeth Márquez Álvarez.
Si alguien del público tiene la inquietud de darse cuenta de los presentes hechos estaremos en la mejor disponibilidad de mostrar los antecedentes legales para que se den cuenta que sí existen personas que prefabricar delitos dolosos y falsos.
Asimismo quiero manifestarles a todos ustedes lo siguiente qué cómo se puede advertir de la entrevista recabada a la ofendida Lizbeth Márquez Álvarez quien a su vez en calidad de madre representa a la menor hija como víctima directa de identidad reservada con iniciales.D.Y.A.M. en la carpeta de investigación y carpeta judicial lo único qué trata es sorprender la buena fe.
De ese órgano jurisdiccional lógico con un interés notable de la fiscalía especializada en delitos sexuales a cargo de la maestra Michel y Peña Vargas.
Pues en pocos días estando en periodo de vacaciones primeramente le fabricaron al joven Irving josimar Alcocer García un delito contra la salud que no cometió lo anterior para ganar tiempo y una que se presentó a realizar el trámite de devolución de su unidad motriz que está a disposición de la
C.O.E.. hasta ese lugar llegaron agentes ministeriales para complementar una orden de captura se debe de valorar y tomar en cuenta el resultado de Medicina legal realizado por el perito médico legista Héctor Andrés Ortuño León de fecha 22 de diciembre del 2020 practicando a favor de la menor víctima donde se concluye.
Que el himen de la menor es de tipo anular sin desgarro reciente ni antiguo al igual que su ano y bajo protesta de decir verdad pienso que el imputado nunca abuso sexualmente de su propia hija y mucho menos tocó sus partes íntimas de igual forma que se tome en cuenta el examen de la perito psicóloga.
Janet Castro Leiva de fecha 24 de diciembre del 2020 Cómo sección única y en un formato preestablecido el daño emocional que presenta la víctima debe adecuarse en 24 secciones y no en una sola Cómo se expresa.
Ahora bien referente al dictamen en materia de criminalística de campo de fecha 24 de diciembre del 2020 realizado por la perito Guadalupe Hernández Vega se concluye que no se localizaron huellas o indicios para establecer una posible mecánica de hechos.
Se reitera maestro Jorge zuriel de los santos barrila fiscal general del estado de Guerrero que el imputado es totalmente inocente del delito de violación que pretenden atribuirle la denunciante o querellante así como la agente del Ministerio Público la maestra en derecho micheli Peña Vargas.
Pues no basta con su dicho para aleccionar a la menor que está siendo a lesionada impresionada y se está cometiendo un acto de arbitrariedad por parte de la Fiscalía de delitos sexuales y violencia intrafamiliar
La maestra en derecho abusando de sus atribuciones legales que le confiere la fiscalía general de Justicia del Estado de Guerrero Qué son las siguientes.
Ya que el Ministerio Público es un organismo autónomo y jerarquizado cuya función es dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito lo que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y en su caso ejercer la acción penal pública en la forma.
Asimismo el Ministerio Público es indivisible y es un órgano de buena fe Imparcial que antes de determinar una carpeta de investigación tiene que hacer una investigación ya que con esta carpeta de investigación que hizo dicha abogada está poniendo en peligro la vida de un inocente es cuánto y es el sentir de Chavarría