procuraduria

Este miércoles 19 de mayo los ciudadanos María Cristina Echeverri Díaz y el señor Jean Edouard Conille Darbouze, actuando en representación de su hijo de 10 años de edad, presentaron ante el Tribunal Superior Administrativo una Demanda contra el Ministerio Público con el objeto de que este órgano sea condenado a pagarles RD$20,000,000.00, como indemnización por los daños sufridos a causa de la decisión adoptada por la Procuraduría General de la República, entonces encabezada por el Lic. Jean Alain Rodríguez, impidiendo que el Colegio Carol Morgan School aceptara de parte de los padres del niño el pago de su reinscripción para el cuarto grado de primaria en el período escolar 2019-2020, alegando que estos se encontraban bajo investigación fiscal y que se trataba de una medida con fundamento en el artículo 56 de la Ley 155-17, sobre lavado de activos.

Ante esa situación el Colegio rechaza la solicitud de reinscripción del menor, pues la Procuraduría le advirte mediante comunicación escrita que “el incumplimiento de las obligaciones detalladas anteriormente por parte de los sujetos obligados se encuentra sancionado por la Ley Núm. 155-17 con multas que van desde RD$1,000,000.00 a RD$4,000,000.00, y que dicho incumplimiento puede comprometer la responsabilidad de los directivos de su institución.”

Con posterioridad al hecho la Procuraduría presentó acusación contra los padres del menor resultando rechazada mediante Auto de No Ha Lugar contenido en la Resolución No. 058-2020-SPRE-00005, de fecha 20/01/2020, dictada por la Jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

Según los argumentos contenidos en el escrito de demanda suscrito por los abogados Manuel Alejandro Rodríguez y Odette Mabel Troncoso, la medida adoptada por el Ministerio Público en perjuicio del menor constituyó una actuación antijurídica que compromete la responsabilidad de ese órgano al vulnerar el interés superior del niño, los derechos a la educación y al trato justo e igualitario, la presunción de inocencia, el debido proceso y múltiples precedentes del Tribunal Constitucional.

Consultados al respecto vía telefónica, los padres del menor declaran que se trató de una decisión personal contra estos del entonces Procurador General de la República, padre de un excompañero de clases y amiguito de su hijo, a quién consideran la principal víctima del abuso de poder y la discriminación de parte del Lic. Jean Alain Rodríguez.

luis alberto

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *